Decreto Nº 1091-2025

Transfiérase en propiedad fiduciaria al Fideicomiso Autódromo Provincia de La Pampa.[1]

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en B.O. 3679 del 13-06-25 .-

Dictado del 27-05-25.-

Operador del digesto: M.L.E.-

 

 

Artículo 1°.- Transfiérase en propiedad fiduciaria la suma de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($200.000.000,00), conforme los montos y fechas que se establecen en el Anexo del presente, por el “Fideicomiso Autódromo Provincia de La Pampa”, cuyo Fiduciario es la sociedad “Fiduciaria La Pampa S.A.P.E.M.”.

 

Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará en la Partida del presupuesto vigente: 0-H-01-0-790-01-030-07-10-00-000-8751 - APORTE FIDEICOMISO AUTÓDROMO LP. por la suma de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($200.000.000,00).

 

Artículo 3°.- Por Contaduría General deposítese el importe indicado en el artículo 1º, en la Cuenta Corriente en pesos abierta en el Banco de La Pampa S.E.M., cuenta Nº 4656070 CBU Nº 0930300110100046560700, cuya titularidad corresponde al “Fideicomiso Autódromo Provincia de La Pampa” (CUIT Nº 30-71698098-3).

 

Artículo 4°.- Dése cuenta a la Cámara de Diputados de acuerdo a lo establecido en el artículo 8° de la Ley Nº 3186.

 

Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Desarrollo Social y Derechos Humanos y de Hacienda y Finanzas.

 

Artículo 6°.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.



[1] Nota: Título dado por el Digesto